Anteproyecto de nueva Constitución

  • Capítulo XIII

Protección del Medio Ambiente, Sostenibilidad y Desarrollo

Se refiere al deber de protección del medio ambiente, la sostenibilidad y desarrollo, así como el cuidado de la naturaleza y su biodiversidad, considerando a las actuales y futuras generaciones. Se aborda la promoción de las fuentes de energía renovable, la implementación de medidas de mitigación y adaptación ante los efectos del cambio climático, entre otras materias.

  • Artículo 201
  • Artículo 202
  • Artículo 203
  • Artículo 204
  • Artículo 205
  • Artículo 206
  • Artículo 207