Anteproyecto de nueva Constitución
- Capítulo XIII
Protección del Medio Ambiente, Sostenibilidad y Desarrollo
Se refiere al deber de protección del medio ambiente, la sostenibilidad y desarrollo, así como el cuidado de la naturaleza y su biodiversidad, considerando a las actuales y futuras generaciones. Se aborda la promoción de las fuentes de energía renovable, la implementación de medidas de mitigación y adaptación ante los efectos del cambio climático, entre otras materias.
- Artículo 201
Artículo 201
La protección del medio ambiente, la sostenibilidad y el desarrollo están orientados al pleno ejercicio de los derechos de las personas, así como al cuidado de la naturaleza y su biodiversidad, considerando a las actuales y futuras generaciones.
- Artículo 202
Artículo 202
Las personas, las comunidades y el Estado deben proteger el medio ambiente. Este deber comprende la conservación, preservación, restauración y regeneración de las funciones y equilibrios de la naturaleza y su biodiversidad, según corresponda, de conformidad a la ley.
- Artículo 203
Artículo 203
La distribución de cargas y beneficios ambientales estará regida por criterios de equidad y participación ciudadana oportuna, de conformidad a la ley.
- Artículo 204
Artículo 204
El Estado debe fomentar el desarrollo sostenible, armónico y solidario del territorio nacional, instando a la colaboración privada en dicha tarea.
- Artículo 205
Artículo 205
El Estado promoverá las fuentes de energía renovable, así como también la reutilización y reciclaje de los residuos, de conformidad a la ley.
- Artículo 206
Artículo 206
El Estado implementará medidas de mitigación y adaptación, de manera oportuna y justa, ante los efectos del cambio climático. Asimismo, promoverá la cooperación internacional para la consecución de estos objetivos.
- Artículo 207
Artículo 207
1. El Estado contará con instituciones administrativas y jurisdiccionales en materia ambiental, las que serán de carácter técnico.
2. Los procedimientos de evaluación ambiental serán de carácter técnico y participativo, y asegurarán una decisión razonable y oportuna.