Iniciativa Nº 10.127: Efectos de Áreas Protegidas y Propiedad
La creación y los efectos de las Áreas Protegidas sobre la propiedad privada han de ser indemnizados
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 204, Capítulo XIII: Protección del Medio Ambiente, Sostenibilidad y Desarrollo
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
El Estado debe fomentar el desarrollo sostenible, armónico y solidario del territorio nacional, instando a la colaboración privada en dicha tarea.
Argumentos que respaldan la propuesta
Entendiendo que el Estado siempre tiene la facultad de crear áreas protegidas y regular sus efectos, dicha facultad no puede menoscabar el derecho de propiedad, tanto de bienes corporales como incorporales, o alguno de los atributos o facultades esenciales del mismo (uso, goce y disposición), por lo que en caso de que el Estado ejerza la señalada facultad, se requiere pagar la correspondiente indemnización al titular del derecho por el daño patrimonial efectivamente causado.
Esta es una propuesta de
Representada por
Héctor Henríquez N.