Iniciativa Nº 10.715: Parlamento Sami en Chile

Establecer un órgano constitucionalmente autónomo como institución representativa indígena en procesos de consulta de medidas de efectos generales

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Argumentos que respaldan la propuesta

En Chile, la cuestión indígena se ha caracterizado por mantenerse congelada en materias sustantivas durante la última década. Si bien es cierto, con la entrada en vigencia del Convenio núm. 169 de la OIT se inició un arduo trabajo para implementar una nueva institucionalidad indígena durante el primer gobierno del Presidente Sebastián Piñera, iniciativa que implicaba una agenda ambiciosa (reconocimiento constitucional, Agencia de Desarrollo, Consejo de Pueblos, procedimiento general de consulta y procedimiento de consulta en el SEIA), en la práctica, el diálogo se concentró únicamente en la determinación del Reglamento de Consulta.

Una vez despejada la discusión procedimental sobre el derecho de consulta, se pensó que el avance de la agenda relacionada con pueblos indígenas iba a ser mucho más expedito, sin embargo, durante el segundo gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet la implementación de los derechos establecidos en el Convenio núm. 169 de la OIT tampoco avanzó mucho más. Si bien es cierto, se realizaron procesos de consulta a pueblos indígenas estos no versaron sobre temas de mayor relevancia.

No obstante lo anterior, el escaso avance en materia indígena durante los últimos 10 años no obedeció a una falta de interés de los gobiernos respectivos ni tampoco a una falta de urgencia para abordar las problemáticas correspondientes. Sino más bien, esta circunstancia se debió a la imposibilidad práctica de implementar procesos de consulta de forma operativa y más eficaz.

Las características organizacionales que históricamente han tenido los pueblos indígenas en nuestro país (la gran mayoría de las organizaciones y comunidades no reconocen instancias de representación en niveles superiores) han hecho que la complejidad de los procesos de consulta de medidas legislativas y administrativas de efectos generales sea altísima, generando un verdadero desincentivo en atención a los elevados costos de dichos procesos y a su dilatada extensión en el tiempo.

Teniendo en consideración, que un avance expedito en la agenda de pueblos indígenas no es solo de interés de dichos pueblos sino que de la sociedad toda (basta tener a la vista, por ejemplo, la compleja situación de orden público y seguridad que se vive en el sur de nuestro país o la tensión existente entre los proyectos de inversión y las comunidades indígenas que pueden verse impactados por los mismos), resulta perentorio establecer una instancia que se inserte en el sistema político institucional de nuestro país, con la idoneidad necesaria para sostener el diálogo político para llevar a cabo la implementación de los derechos establecidos en el Convenio núm. 169 de la OIT.

Sin este diálogo expedito entre pueblos indígenas y Estado de Chile es muy poco probable que podamos salir del punto muerto en el que se encuentra la política pública relativa a la cuestión indígena.

Esta es una propuesta de

Iván Cheuquelaf R.