Iniciativa Nº 10.867: Primarias Obligatorias para Un Chile Democrático
La obligación de realizar primarias para presentar candidaturas es un imperativo para fortalecer la democracia.
Esta propuesta cuenta con
14 Apoyos de la Ciudadanía
Ya no se aceptan más apoyos
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 45, Capítulo III: Representación política y participación
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
1. La ley determinará los requisitos para formar y disolver un partido político y demás normas para que puedan llevar a cabo sus actividades y señalará las reglas a que se sujetará el financiamiento público para su funcionamiento ordinario y para las campañas electorales. Sus ingresos solo podrán ser de origen nacional y en caso alguno podrán recibir aportes de cualquier naturaleza de personas jurídicas distintas del Fisco. Su contabilidad deberá ser pública.
2. Los estatutos de los partidos políticos deberán contemplar normas que aseguren una efectiva democracia interna y se someterán a las normas de transparencia, probidad y rendición de cuentas que establezca la ley.
3. La ley deberá contemplar mecanismos para asegurar una participación equilibrada entre mujeres y hombres en la integración de sus órganos colegiados.
4. Los partidos legalmente constituidos deberán contar con normativa sobre disciplina partidaria, con sanciones específicas asociadas al incumplimiento de dicha normativa.
5. La ley regulará los casos, la oportunidad y forma en que los órganos directivos de un partido político podrán dar órdenes de partido a sus afiliados parlamentarios. Estas órdenes de partido serán excepcionales y deberán referirse a asuntos en los cuales esté directamente en juego los principios del partido o su programa. Con todo, no podrán darse órdenes de partido cuando el parlamentario deba resolver como jurado.
6. Los partidos políticos podrán acceder a financiamiento público cuando estén constituidos y cumplan con las normas que regulen su funcionamiento y organización interna.
7. El registro general de afiliados de un partido político será administrado por el Servicio Electoral y será reservado, salvo para sus respectivos afiliados.
8. Sus elecciones internas serán administradas por el Servicio Electoral y calificadas por el Tribunal Calificador de Elecciones, en la forma que señale la ley.
9. La potestad sancionatoria de los partidos políticos se radica en su tribunal supremo y tribunales regionales. Su aplicación se hará con las garantías de un procedimiento justo y racional. La sentencia definitiva del tribunal supremo que hubiere ordenado o confirmado la aplicación de una sanción será reclamable ante el Tribunal Calificador de Elecciones y solo surtirá efectos una vez que se encuentre ejecutoriada.
10. Una ley electoral establecerá un sistema de elecciones primarias que podrá ser utilizado por los partidos políticos para la nominación de candidatos a cargos de elección popular que determine la ley, cuyos resultados serán vinculantes para estas colectividades, salvo las excepciones que esta establezca. Aquellos que no resulten elegidos en las elecciones primarias no podrán ser candidatos, en esa elección, al respectivo cargo.
Argumentos que respaldan la propuesta
Las primarias obligatorias fomentan la participación y decisión activa de las ciudadanías en el proceso electoral. Al hacer que la participación en las primarias sea obligatoria para los partidos políticos, se busca garantizar que las personas tengan la capacidad de influir en la selección de las candidaturas que eventualmente representarán a su partido en las elecciones generales. Esto fortalece el principio democrático de dar voz a la ciudadanía y aumenta la legitimidad de los candidatos seleccionados.
Asimismo, promueven la transparencia y la equidad en el proceso de selección de candidaturas. Al obligar a todos los miembros de un partido político a participar en las primarias, se evitan prácticas viciosas o sesgos en la selección interna. Esto garantiza que las y los candidatos sean elegidos en un proceso abierto y justo, sin favorecer a ciertos grupos o élites dentro del partido. Asimismo, brinda a los electores una mayor información sobre las candidaturas y sus propuestas, lo que facilita una elección más informada en las elecciones generales.
Por otra parte, fomentan la renovación política al abrir el proceso de selección de candidaturas a un mayor número de personas. Al hacer que la participación en las primarias sea obligatoria, se reducen las barreras de entrada para nuevos aspirantes y se promueve la competencia interna dentro de los partidos. Esto ayuda a evitar la concentración del poder en un pequeño "grupo de políticos" establecidos y permite la llegada de nuevas ideas y liderazgos al sistema político.
Por sobre todo, fortalecen la legitimidad y representatividad de las candidaturas seleccionadas. Al ampliar la participación en la selección de las mismas, se busca que estos sean más representativos de la diversidad de opiniones y preferencias de los electores. Esto contribuye a que los candidatos sean vistos como verdaderos representantes del electorado y no solo como figuras impuestas por las élites partidistas.
Por último, fomentan el compromiso cívico y la responsabilidad ciudadana. Al hacer que la participación en las primarias sea un acto ciudadano, se promueve la conciencia cívica y el sentido de responsabilidad en el ejercicio de los derechos políticos. Esto contribuye a fortalecer la cultura democrática y a generar una mayor conexión entre los ciudadanos y el proceso político.
En resumen, las primarias obligatorias fortalecen la democracia, y no la reducen como pretende el presente anteproyecto al establecer umbrales de representación política en el Congreso o la prohibición de listas de independientes.
Esta es una propuesta de
Alexis Mathieu A.