Iniciativa Nº 1.091: Deber constitucional de la acción educativa
La acción educativa requiere un marco de protección y garantía constitucional en su ejercicio, lo que exige deberes a educadoras y profesores
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 38, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
1. Todas las personas deben respetarse y comportarse fraternal y solidariamente. Asimismo, deben honrar la tradición republicana, defender y preservar la democracia, y observar fiel y lealmente la Constitución y la ley.
2. Del mismo modo, deben contribuir a preservar el patrimonio ambiental, cultural e histórico de Chile.
3. Es un deber de todos los habitantes de la República proteger el medio ambiente, considerando las generaciones futuras y prevenir la generación de daño ambiental. En caso que se produzca, serán responsables del daño que causen, contribuyendo a su reparación en conformidad a la ley.
4. Todo habitante de la República debe respeto a Chile y a sus emblemas nacionales. Los chilenos tienen el deber de honrar a la patria.
5. Todos los ciudadanos que ejercen funciones públicas tienen el deber de desempeñar fiel y honradamente sus cargos, dando cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones. Combatir la corrupción es un deber de todos los habitantes de la República.
6. Los habitantes de la República deben cumplir con las cargas públicas, contribuir al sostenimiento del gasto público mediante el pago de tributos, y votar en las elecciones, referendos y plebiscitos, todo de conformidad a la Constitución y la ley. Asimismo, deben defender la paz y usar métodos pacíficos de acción política.
7. Los habitantes de la República tienen el deber de asistir, alimentar, educar y amparar a sus hijos. Por su parte, ellos tienen el deber de respetar a sus padres, madres y ascendientes y de asistirlos, alimentarlos y socorrerlos cuando éstos los necesiten.
8. Toda persona, institución o grupo debe velar por el respeto de la dignidad de los niños.
Argumentos que respaldan la propuesta
El fundamento que sostiene este requerimiento es simple. Si la Constitución que se busca ofrecer al país va a refrendar una serie de deberes que apuntan al modo de ser antropológico y al modo de hacer ético de los habitantes de Chile, tal como se puede advertir en los ocho deberes constitucionales que ha planteado la Comisión de Expertos, entonces resulta difícil entender que la propuesta no considere una referencia explícita al área educativa en este novedoso capítulo de Deberes.
El rango de importancia que los expertos dieron a los ciudadanos que ejercen funciones públicas en cuanto a la probidad en todas sus actuaciones para combatir la corrupción es tan importante como lo que señalo respecto al servicio educativo. Me atrevería a afirmar incluso, que el servicio educativo ha de tener una primerísima prioridad, porque son las personas (en este caso jóvenes bien educados), los que renovarán las instituciones con su modo de ser y de hacer.
Vale la pena subrayar que personas bien formadas son capaces de tomar decisiones coherentes con sus fines existenciales, como también mejorar la calidad de las relaciones interpersonales y la vida social.
Tal como están redactados los ocho deberes, resulta inexplicable una ausencia referida al ámbito educacional en su aspecto de enseñanza, máxime si el país lleva décadas sumido en una crisis educacional, situación conocida y sufrida por todos. Desde esta perspectiva, se hace necesario complementar la actual redacción de los Deberes, incorporando una referencia explícita para comprometer a la ciudadanía en torno a unos principios y fines educativos que, por una parte, haría justicia a un debilitado estatus de la profesión docente, y por otra parte se cuidaría una actividad que es clave para el desarrollo y prosperidad de todos.
Esta es una propuesta de
Germán Gómez V.