Iniciativa Nº 10.923: precisar la naturaleza de las agrupaciones sociales cuya autonomía se reconoce

Al crear agrupaciones sociales tanto sus fines como la forma de obtenerlos debe ajusarse tanto a la Constitución como a las leyes y reglamentos.

Esta propuesta cuenta con

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Ya no se aceptan más apoyos

Tipo de propuesta

Modificación de Artículo Nº 3, Capítulo I: Fundamentos del orden constitucional

Propuesta de artículo

Artículo Anteproyecto

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Argumentos que respaldan la propuesta

La referencia a las agrupaciones sociales es muy amplia y puede dar pie a crear todo tipo de asociaciones sin una normativa que la rija y sin que la sociedad ni el estado pueda velar por la legalidad de sus objetivos o la forma en que se conduzcan sus miembros en función de ellos. Las sociedades, fundaciones y todo tipo de corporaciones derecho privado tienen normas para su conformación y sus estatutos deben ser aprobados conforme a la ley. La amplitud de este concepto resulta ambigua por lo que es difícil respetar la autonomía de una agrupación que no tiene una entidad clara.

Esta es una propuesta de

Marcela Espinoza N.