Iniciativa Nº 11.151: CONTROLES PREVENTIVOS PERMANENTES EN LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO.
Se deben realizar controles preventivos permanentes a todas las reparticiones públicas mediante un plan anual exhaustivo
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Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 188, Capítulo XI: Contraloría General de la República
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
1. Un organismo autónomo, denominado Contraloría General de la República, ejercerá el control de la constitucionalidad y legalidad de los actos de la Administración del Estado y de la Administración regional y local, así como de la probidad en el ejercicio de la función administrativa.
2. La Contraloría General de la República tiene por funciones:
a) Controlar la constitucionalidad y la legalidad de los actos de la Administración, pudiendo tomar razón de los decretos y resoluciones.
b) Fiscalizar y auditar la legalidad del ingreso, el gasto y la inversión de los fondos del Fisco y de los demás organismos y servicios que determinen las leyes.
c) Informar la gestión financiera y emitir la normativa contable de la Administración.
d) Examinar y efectuar reparos a las cuentas, de acuerdo con la ley.
3. La Contraloría General de la República ejercerá sus atribuciones en cada una de las regiones del país, de acuerdo a lo establecido en la ley institucional. Las contralorías regionales tienen por función principal el control de la administración regional y local del Estado.
4. Los actos de la Contraloría General de la República se regirán por los principios de probidad, de transparencia y publicidad, y el deber de rendición de cuentas, en conformidad con el artículo 11 de esta Constitución.
5. Una ley institucional regulará su organización, funcionamiento y otras competencias, de conformidad con lo dispuesto en este capítulo.
Argumentos que respaldan la propuesta
Se requiere que la Contraloría realice controles preventivos permanentes a todas las reparticiones públicas del Estado, que sean cada 3 meses y generar un plan de auditorías, controles interviniendo la organización, el tiempo necesario para determinar los buenos usos de prácticas y recursos públicos.
Esta es una propuesta de
Fabián Cruz A.