Iniciativa Nº 11.463: La Muchedumbre exige el derecho a retirar el cien por ciento de sus fondos previsionales para personas afectadas por enfermedades terminales.
Esta iniciativa busca autorizar el retiro del 100% de los ahorros previsionales para personas con enfermedades terminales.
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 16.27, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
La Constitución asegura a todas las personas:
El derecho a la seguridad social.
a) El Estado garantiza el acceso a prestaciones básicas y uniformes, establecidas por la ley, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas, resguardando a las personas de las contingencias de vejez, discapacidad, muerte, enfermedad, embarazo, maternidad, paternidad, desempleo, accidentes y enfermedades laborales, sin perjuicio del establecimiento de otras contingencias o circunstancias fijadas en la ley. La ley podrá establecer cotizaciones obligatorias.
b) Los recursos con que se financie la seguridad social solo podrán destinarse al financiamiento y administración de sus prestaciones.
c) El Estado regulará y supervigilará el adecuado ejercicio del derecho a la seguridad social, de conformidad a la ley.
d) Las leyes que regulen el ejercicio de este derecho serán de quorum calificado.
Argumentos que respaldan la propuesta
La vida primero. Proponemos que se permita el retiro del 100% de los fondos previsionales de forma excepcional a personas que se enfrenten a enfermedades terminales, además consideramos que cualquier padre daría todo lo que tiene para salvar la vida de sus hijos, con esta medida se entrega la libertad preferente de los padres de utilizar sus ahorros previsionales para destinarlos en beneficio de la vida o sobrevida de sus hijos.
Esta es una propuesta de
Representada por
Cristian Vivian T.