Iniciativa Nº 143: La elección del fiscal nacional mediante sufragio universal: Fortaleciendo la democracia y la independencia judicial
La elección del fiscal nacional mediante sufragio universal fortalece la autonomía e imparcialidad del cargo, garantizando respaldo popular.
Esta propuesta cuenta con
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Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 175, Capítulo IX: Ministerio Público
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
1. El Fiscal Nacional es la autoridad superior del Ministerio Público, de quien dependerán jerárquica y directamente los fiscales regionales y los fiscales adjuntos. El Fiscal Nacional tendrá la superintendencia directiva, correccional y económica del Ministerio Público, en conformidad a la ley institucional que regule este órgano.
2. El Fiscal Nacional será designado a propuesta del Presidente de la República, con acuerdo del Senado adoptado por tres quintos de sus miembros en ejercicio, en sesión especialmente convocada al efecto. El Presidente realizará la propuesta sobre la base de una quina elaborada por la Corte Suprema, la que será confeccionada previas audiencias públicas sobre un listado de diez candidatos determinados por un sistema de concurso público establecido en la ley institucional. Si el Senado no aprobare la proposición del Presidente de la República, la Corte Suprema, volverá a completar la quina mediante votación entre los candidatos restantes. De rechazarse nuevamente la propuesta del Presidente en el Senado, se repetirá el procedimiento sucesivamente. La quina elaborada por la Corte Suprema se formará en una misma y única votación en la cual cada integrante del pleno de la Corte Suprema tendrá derecho a votar por tres personas, resultando electas las cinco primeras mayorías. De producirse un empate, se dirimirá mediante sorteo.
3. En caso de renuncia de alguno de los postulantes incorporados en la quina, la Corte Suprema deberá proponer dentro del listado presentado por el sistema de concurso público que determine la ley, un nuevo nombre en sustitución del renunciado.
4. El proceso de elección del Fiscal Nacional deberá comenzar noventa días antes de que se encuentre vacante su cargo.
5. El Fiscal Nacional deberá tener a lo menos quince años de título de abogado, reunir los requisitos de experiencia y formación adecuados para el cargo, no contar con ninguna de las incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones establecidas en la ley institucional y poseer las demás calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio. Durará ocho años en el ejercicio de sus funciones y no podrá ser designado nuevamente en el cargo.
6. El Fiscal Nacional podrá ordenar fundadamente la destinación temporal de funcionarios del Ministerio Público a otro cargo de igual o superior jerarquía.
Argumentos que respaldan la propuesta
1. Legitimidad democrática: La elección del fiscal nacional a través del sufragio universal confiere legitimidad democrática al proceso. Al permitir que los ciudadanos participen directamente en la elección de esta figura clave en el sistema de justicia, se fortalece la confianza en las instituciones y se garantiza que el fiscal nacional cuente con el respaldo popular necesario para desempeñar su labor de manera imparcial y efectiva.
2. Fortalecimiento de la independencia judicial: La elección del fiscal nacional mediante sufragio universal, con requisitos establecidos por ley, contribuye a fortalecer la independencia del poder judicial. Al no depender exclusivamente de decisiones políticas o designaciones internas, se reduce la influencia de intereses partidistas o corporativos en la selección del fiscal nacional. Esto refuerza su imparcialidad y autonomía en la toma de decisiones relacionadas con la persecución penal y el respeto al Estado de derecho.
3. Mayor pluralidad y representatividad: Al permitir que múltiples candidatos compitan en las elecciones para fiscal nacional, se fomenta la pluralidad de ideas y enfoques en el sistema de justicia. Los ciudadanos tienen la oportunidad de elegir entre distintas propuestas y perfiles, lo que contribuye a una representación más amplia de la diversidad de intereses y necesidades de la sociedad. Asimismo, la realización de una segunda vuelta electoral ofrece la posibilidad de un debate más profundo y una mayor participación ciudadana en la elección del fiscal nacional.
Esta es una propuesta de
Persona particular (no tengo) El objetivo es fortalecer la autonomía e imparcialidad del fiscal nacional mediante un proceso de elección transparente y respaldado por la voluntad popular.
Representada por
Vicente Muñoz L.