Iniciativa Nº 1.455: Precisión de sujeción de los jueces en el ejercicio de sus funciones
Se precisa que la sujeción de los jueces debe ser al "ordenamiento jurídico vigente"
Esta propuesta cuenta con
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Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 153, Capítulo VII: Poder Judicial
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
1. La función jurisdiccional es la facultad de conocer y resolver los conflictos de relevancia jurídica y hacer ejecutar lo juzgado, potestad que radica exclusivamente en los jueces que integran los tribunales previamente establecidos por la ley.
2. Los jueces se sujetarán a la Constitución y a la ley y no podrán en caso alguno ejercer potestades de otros poderes públicos.
3. Se propenderá a la utilización del arbitraje, la mediación y otros medios alternativos de resolución de conflictos. Estos procedimientos se aplicarán en conformidad a la ley.
Argumentos que respaldan la propuesta
se busca precisar que el los jueces deben sujetarse al "ordenamiento jurídico" en su conjunto, donde están contemplados los tratados internacionales. Por lo que se propone precisar el inciso segundo.
Esta es una propuesta de
Sebastián Oñate A.