Iniciativa Nº 2.111: Remover al Presidente de la República antes de su término por no cumplimento de objetivos cuantificables y medibles.
El presidente debe estar sujeto a una evaluación objetiva de sus resultados y en caso de no cumplir antes del término de su periodo debe ser removido.
Esta propuesta cuenta con
55 Apoyos de la Ciudadanía
Ya no se aceptan más apoyos
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 93, Capítulo V: Gobierno y Administración del Estado
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
1. Para ser elegido Presidente de la República se requiere tener la nacionalidad chilena de acuerdo a lo dispuesto en los literales a) o b), del inciso 1 del artículo 17, tener cumplidos treinta y cinco años de edad y poseer las demás calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio, en conformidad con esta Constitución.
2. El Presidente de la República durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años y no podrá ser reelegido para el período inmediatamente siguiente. Con todo, una persona solo podrá ejercer el cargo de Presidente de la República hasta dos veces.
3. El Presidente de la República no podrá salir del territorio nacional por más de treinta días ni a contar del día señalado en el inciso 1 del artículo siguiente, sin acuerdo del Senado.
4. En todo caso, el Presidente de la República comunicará con la debida anticipación al Senado, su decisión de ausentarse del territorio y los motivos que la justifican.
Argumentos que respaldan la propuesta
El pueblo soberano requiere de certezas de quienes ostentan cargos públicos, de los cumplimientos de las promesas que versa la Constitución y los programas de gobierno del grupo de individuos que se ofrece para gestionar estas materias, por lo anterior se hace fundamental establecer mecanismos coercitivos e incentivos para la obtención de los resultados que den certeza a lo ofrecido en la Constitución y programas de gobernanza.
Ningún ser humano o grupo de ellos en el planeta puede dar certezas solo con base en promesas o buenas intenciones, como se ha demostrado durante los diferentes periodos presidenciables, por más rimbombantes que suenen para el pueblo soberano y han derivado en insatisfacción, desconfianza, impotencia, manifestaciones y revueltas sociales, por consiguiente, existe altas posibilidades que quién promete le sea fácil mentir o no cumplir para obtener el poder, de no mediar evaluación, sanción e incentivo de por medio en el corto plazo y mediano plazo.
Por lo anterior, se hace necesario que la línea temporal de gobernanza este sujeta a evaluación, incentivos y sanciones en un corto y mediano plazo, ya que de persistir por años puede afectar y socavar los derechos fundamentales de los ciudadanos y llevar al deterioro material y espiritual del pueblo, quienes finalmente son los perjudicados, porque quien ostenta el máximo cargo de la nación dentro de su periodo de gobernanza siguen recibiendo sus estipendios y manteniendo sus cargos. Si bien existen mecanismos de destituciones, no están sujetos a elementos de evaluación objetivos, cuantificables y medibles, y con base en estos establecer formas coercitivas de cumplimiento o destitución automática una vez evaluado los resultados.
Cuando un ciudadano se postula al cargo de Presidente de la República, se asume que debe tener claro cuáles son las condiciones e indicadores en los diferentes ámbitos de interés de la ciudadanía, por lo anterior en su programa de gobernanza y gestión debe establecer compromisos concretos de mantención en el corto plazo y mejora en el mediano plazo (2 años), por lo que una ley deberá establecer los valores mínimos de cumplimiento con base en criterios técnicos, comparados y realizables.
Con base en lo anterior, el que ejerza el cargo de Presidente de la República, sobre la base que se asume que se sienten con las competencias necesarias y conocimiento del país para poder lograr los objetivos exigidos por el pueblo, con base en una remuneración a cambio, deben estar sujetos a evaluación permanente, sanciones que implique dejar sus cargos o beneficios si logran los objetivos, sin desmerecer el espíritu de servidor público.
En otro artículo o por ley debe establecerse los mecanismos de definición de objetivo, mediciones y permanencia en el cargo.
EVALUACIÓN, INCENTIVOS, SANCIONES Y PERMANENCIA CARGOS PÚBLICOS
La condición menos deseada y de mayor vulneración de un ser humano es la pobreza material que conlleva a vulneración de derechos, lo que ha
Esta es una propuesta de
Fabián Cruz A.