Iniciativa Nº 2.595: Toda persona tiene derecho a una muerte digna.
Toda persona tiene derecho a una muerte digna. Se garantiza el derecho a información y acompañamiento.
Tipo de propuesta
Agregar artículo a Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de nuevo artículo
1. Toda persona tiene derecho a una muerte digna.
2. La Constitución asegura el derecho de las personas a tomar decisiones libres
e informadas sobre sus cuidados y tratamientos al final de su vida.
3. El Estado garantiza el acceso a los cuidados paliativos a todas las personas
portadoras de enfermedades crónicas avanzadas, progresivas y limitantes de
la vida, en especial a grupos vulnerables y en riesgo social.
4. La ley regulará las condiciones para garantizar el ejercicio de este derecho,
incluyendo el acceso a la información y el acompañamiento adecuado.
Argumentos que respaldan la propuesta
El derecho a la vida debe tener como correlato el derecho a una muerte digna, en los razonables términos en que la consagraba el proyecto constitucional del año 2022, el que he reproducido.
El otorgar rango constitucional al derecho a una muerte digna impide que una norma de menor jerarquía pueda imponer criterios ajenos a la voluntad de las personas imperadas, y es obligación de un estado laico garantizar esa libertad de opción.
Esta es una propuesta de
Rodrigo Sepúlveda U.