Iniciativa Nº 2.651: Reconocimiento del territorio

Introducir el elemento territorial en la definición de municipalidad

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Tipo de propuesta

Modificación de Artículo Nº 134, Capítulo VI: Gobierno y Administración Regional y Local

Propuesta de artículo

Artículo Anteproyecto

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Argumentos que respaldan la propuesta

Con esta modificación se busca incorporar el elemento territorio o de territorialidad que debe caracterizar jurídicamente a los municipios.

No podemos olvidar que las municipalidades constituyen una entidad básica de la organización territorial del Estado, en consecuencia, el elemento territorio debe estar comprendido en la definición para permitir no solo establecer que los municipios tienen un límite geográfico dentro del cual ejercen sus atribuciones, sino, más importante aún, a partir de este elemento, establecer diferentes tipos, categorías o modalidades de municipalidades.

Uno de los problemas actuales más trascendentes de las municipalidades en Chile, es la denominada inequidad territorial, donde, para poder establecer soluciones jurídicas, es primordial partir consagrando constitucionalmente el elemento territorio como esencial dentro de la definición de municipalidades.

Se debe señalar, además, que al incorporar el elemento territorio, se obliga al legislador a considerarlo al momento de dictar cuerpos normativos vinculados a las municipalidades, como también cada vez que se establezcan políticas públicas para los municipios, deberá tenerse en consideración este elemento evitando así establecer políticas públicas tipo, que no reconozcan de manera precisa las diferentes realidades comunales.

En la actualidad, aunque parezca lógico, habitualmente no se considera el elemento territorio, menos aún los tipos de municipios, generando habitualmente, políticas públicas tipo, que se aplican a todos las comunas por igual, sin reconocer las enormes diferencias que existen.

De este modo, la propuesta de modificación al artículo 134 número 2 considera intercalar entre las expresiones "patrimonio propio" y "cuentan", la frase "que ejercen potestades constitucionales y legales sobre su territorio respectivo" quedando redactada de la siguiente manera: "2. Las municipalidades son corporaciones autónomas de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que ejercen potestades constitucionales y legales sobre su territorio respectivo, cuentan con autonomía para el ejercicio de sus competencias y tienen por objeto satisfacer las necesidades de la comunidad local, y asegurar su participación en el desarrollo económico, social y cultural de la comuna".

Esta es una propuesta de

Asociación de Municipalidades de Chile (AMUCH) Ser una institución que favorece el desarrollo local y la defensa de los intereses comunes de sus municipios asociados a través del diseño de políticas públicas, el fortalecimiento de la gestión municipal y su capital humano; la generación de estudios y contenidos, la formulación y ejecución de programas y proyectos y la vinculación con entidades nacionales del ámbito público y privado y con entidades a nivel internacional.  

Representada por

Andrés Chacón R.