Iniciativa Nº 2.683: Fortalecer el asociativismo municipal
Fortalecer el asociativismo y que las municipalidades o sus asociaciones sean oídas, permite una mejor satisfacción de necesidades de la comunidad
Esta propuesta cuenta con
4 Apoyos de la Ciudadanía
Ya no se aceptan más apoyos
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 135, Capítulo VI: Gobierno y Administración Regional y Local
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
1. Las municipalidades tienen atribuciones normativas, financieras y fiscalizadoras, de coordinación, de complementariedad con la acción del gobierno regional y nacional, de prestación de los servicios públicos de su dependencia y el ordenamiento territorial, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo y las demás que determine la Constitución y la ley institucional.
2. Las municipalidades, para el cumplimiento de sus funciones, podrán crear o suprimir empleos y fijar remuneraciones, como también establecer los órganos o unidades que la ley institucional respectiva permita. Estas facultades se ejercerán dentro de los límites y requisitos que, a iniciativa exclusiva del Presidente de la República, determine la ley institucional de municipalidades.
3. Los gobiernos locales son fiscalizados por sus propios órganos de control interno y por los organismos que tengan tal atribución por mandato de la Constitución y las leyes y están sujetos al control y supervisión de la Contraloría General de la República en conformidad a la ley.
4. Las municipalidades podrán asociarse entre ellas en conformidad a la ley institucional respectiva, pudiendo dichas asociaciones gozar de personalidad jurídica de derecho privado. Asimismo, podrán constituir o integrar corporaciones o fundaciones de derecho privado sin fines de lucro cuyo objeto sea la promoción y difusión del arte, la cultura y el deporte, o el fomento de obras de desarrollo comunal y productivo. La participación municipal en ellas se regirá por su ley institucional. Las entidades que al efecto se constituyan se sujetarán, además, a las leyes que velen por la transparencia, probidad y buen uso de los recursos públicos.
5 Los gobiernos locales podrán establecer en el ámbito de las comunas o agrupación de comunas, de conformidad con la ley institucional respectiva, territorios denominados unidades vecinales, con el objeto de propender a un desarrollo sostenible, equilibrado y a una adecuada canalización de la participación ciudadana.
Argumentos que respaldan la propuesta
La asociatividad municipal, aunque no corresponde a un fenómeno nuevo en Chile, se presenta como una alternativa innovadora que está en pleno desarrollo en nuestro país y que ha mostrado a nivel internacional ser una herramienta útil para potenciar la capacidad de los gobiernos locales en materia de inversión pública local y pareciera ser en Chile una de las alternativas más viables para fortalecer la descentralización del país, tanto en aspectos operativos como estratégicos (Rosales, M.,1994).
La experiencia, tanto nacional como internacional, destaca el rol que el asociativismo municipal ha jugado “en el fortalecimiento de la autonomía municipal y en el desarrollo político, financiero y administrativo de los gobiernos municipales.” (SUBDERE, 2008)
El trabajo asociativo entre municipios provocaría beneficios agregados para todo el sistema, descongestionando y agilizando los procesos de inversión. La asociatividad municipal es destacada por distintos actores involucrados en el proceso de inversión local, ya que permite resolver problemas comunes de los municipios a través de la formulación conjunta de proyectos.(Avendaño, 2009)
Fortalecer el rol de las asociaciones de municipalidades, permite colaborar de manera efectiva en el cumplimiento de las atribuciones de las municipalidades, facilitando la solución de problemas que les son comunes y lograr el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles. En la actualidad, existen evidencias concretas de como a través de las asociaciones es posible desarrollar proyectos que han permitido asistir técnicamente a las municipalidades, especialmente aquellas que por su tipología (comunas semirubanas y rurales de medio y/o bajo desarrollo) presentan mayores dificultades en comparación a otras (grandes comunas metropolitanas o comunas urbanas con alto y/o medio desarrollo) que poseen más capacidades para atender las necesidades de la comunidad, con la debida oportunidad.
Asimismo, nos parece relevante que se establezca en el texto constitucional que las municipalidades o sus asociaciones sean oídas al momento de formularse políticas públicas con incidencia en el territorio. Habitualmente las políticas públicas son diseñadas de manera uniforme y son aplicadas con una visión general del territorio que no atiende a las particularidades de quienes viven en cada región, cada comuna, en cada localidad, pudiendo resultar sus habitantes menos beneficiados o mayormente afectados ante una implementación poco eficiente en el tiempo, especialmente en términos de recursos.
Conforme con lo anterior, se plantea una modificación al texto del anteproyecto, para fortalecer el rol colaborador de las asociaciones de municipalidades en el desarrollo de las funciones municipales, lo que en definitiva permite una mejor satisfacción de las necesidades de la comunidad.
Esta es una propuesta de
Asociación de Municipalidades de Chile (AMUCH) Ser una institución que favorece el desarrollo local y la defensa de los intereses comunes de sus municipios asociados a través del diseño de políticas públicas, el fortalecimiento de la gestión municipal y su capital humano; la generación de estudios y contenidos, la formulación y ejecución de programas y proyectos y la vinculación con entidades nacionales del ámbito público y privado y con entidades a nivel internacional.
Representada por
Andrés Chacón R.