Iniciativa Nº 3.295: Capitulo II, Derechos y libertades fundamentales, sobre el articulo 16.06, "Créase en consejo de defensa ciudadana"

Primero que el estado de Chile debe "garantizar a todas las personas", el acceso a la justicia, segundo que se cree el "Consejo de defensa ciudadana"

Esta propuesta cuenta con

14 Apoyos de la Ciudadanía

Ya no se aceptan más apoyos

Tipo de propuesta

Modificación de Artículo Nº 16.06, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales

Propuesta de artículo

Artículo Anteproyecto

Significado:   Agrega       Elimina  

Argumentos que respaldan la propuesta

En relación a la defensa de las víctimas de delito, queda muy en abstracto quien defenderá a las víctimas, se hace necesario que quede claramente establecido en la constitución la existencia un órgano, "Consejo de Defensa Ciudadana", que tenga por misión ejercer la acción penal cuando corresponda. Claramente la Convención Interamericana de Derechos Humanos, habla de que los estados tienen "la obligación" y deben "garantizar" los derechos humanos de las personas.

Al "asegurar", como dice la frese "¡quien me asegura!", que aquello se cumpla, ¡a mi quien me asegura que la persona fue víctima!, ello podría poner en riesgo el garantizar la defensa de las víctimas.

Finalmente, un estado moderno que debe ir en sintonía con el garantizar la defensa de las víctimas, por delitos de hurto, violación de (niños, adolescentes y adultos), secuestro, trata de personas, entre tantos otros delitos, nos demanda dar garantía absoluta a las víctimas.

Esta es una propuesta de

Jaime F. Paradis San Martín