Iniciativa Nº 3.503: El derecho a la vida del que está por nacer.
El derecho a la vida es el primer derecho que sustenta los demás DD.FF. Es esencial que la constitución proteja al que está por nacer.
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 16.01, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
La Constitución asegura a todas las personas:
El derecho a la vida. Se prohíbe la pena de muerte.
Argumentos que respaldan la propuesta
La presente iniciativa toma en consideración elementos objetivos que son parte de nuestra tradición constitucional y de los tratados internacionales de los que Chile ha sido parte.
Respecto a esto, el pacto de San José de Costa Rica, en su artículo cuarto reconoce la protección de la vida desde la concepción, lo cual va alineado a varios países que en sus constituciones también respaldan lo mismo.
Considero fundamental que la constitución tome en cuenta a aquellos que no pueden defenderse por si solos, y a través de esta norma se defiendan los derechos de la persona que está por nacer.
Esta es una propuesta de
Joaquín García M.