Iniciativa Nº 3.851: Resguardo vejez, aumento de pensiones, mediante cotización vía consumo.
Parte de los impuestos en las compras y gastos de las personas, serán destinados a la jubilación de estas mismas.
Esta propuesta cuenta con
65 Apoyos de la Ciudadanía
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Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 16.27, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
La Constitución asegura a todas las personas:
El derecho a la seguridad social.
a) El Estado garantiza el acceso a prestaciones básicas y uniformes, establecidas por la ley, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas, resguardando a las personas de las contingencias de vejez, discapacidad, muerte, enfermedad, embarazo, maternidad, paternidad, desempleo, accidentes y enfermedades laborales, sin perjuicio del establecimiento de otras contingencias o circunstancias fijadas en la ley. La ley podrá establecer cotizaciones obligatorias.
b) Los recursos con que se financie la seguridad social solo podrán destinarse al financiamiento y administración de sus prestaciones.
c) El Estado regulará y supervigilará el adecuado ejercicio del derecho a la seguridad social, de conformidad a la ley.
d) Las leyes que regulen el ejercicio de este derecho serán de quorum calificado.
Argumentos que respaldan la propuesta
La modificación propuesta, se basa en las bajas pensiones que tenemos hoy en día, no por un sistema deficiente de AFP, si no debido a que muchas personas realizan trabajos de carácter informal gran parte de su vida. Si bien reduce un poco el porcentaje de ingreso que genera al Estado el IVA, reducirá de mayor manera el gasto del Estado frente a pensiones, ya que los ingresos de la jubilación vía consumo al igual que las cotizaciones obligatorias, pasaran varios años siendo invertidos por las AFP, aumentando el capital y finalmente reduciendo el gasto Estatal y mejorando pensiones de las personas.
La diferencia con la norma contenida en el anteproyecto, es que no contempla directamente este tipo de ingreso para las pensiones.
Esta es una propuesta de
Mauricio Valenzuela A.