Iniciativa Nº 3.919: Derechos a la Vida del que está por nacer.
Reconocimiento que el bebé en gestación es un ser distinto a quienes lo han gestado y a la mujer que lo lleva en su vientre.
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 16.01, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
La Constitución asegura a todas las personas:
El derecho a la vida. Se prohíbe la pena de muerte.
Argumentos que respaldan la propuesta
En términos valóricos y conceptuales, me parace fundamental reconocer vida al que está por nacer desde su concepción y se basa en reconocer y actuar conforma a la cultura cristiana occidental. Tema aparte es la despenalización en rango legal como lo que existe vigente en el ordenamiento jurídico chileno. Importante es señalar también que son seres distintos en el vientre de la Madre y que la mujer que geste no tiene derecho de decidir por la vida de un ser distinto a ella y que no cabe duda del punto ciantífico que es así. Vincular la vida y la muerte en un mismo numeral me parace también pertinente y permite diferenciar en términos de armonía constitucional el numeral 2 de tal forma de que queda mejor redactado y separado sus contenidos.
Esta es una propuesta de
Miguel Botto S.