Iniciativa Nº 3.927: Derecho a la seguridad y confidencialidad informática
Necesitamos dar rango constitucional a nuestra privacidad del punto de vista de los datos informáticos que siempre estamos dando.
Esta propuesta cuenta con
25 Apoyos de la Ciudadanía
Ya no se aceptan más apoyos
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 16.02, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
La Constitución asegura a todas las personas:
El derecho a la integridad personal, que incluye el derecho a la integridad física y psíquica. Nadie será sometido a tortura ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
El desarrollo científico y tecnológico estará al servicio de las personas y se llevará a cabo con respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y psíquica y a los demás derechos que esta Constitución establece. La ley regulará los requisitos, condiciones y restricciones para su utilización en las personas, debiendo resguardar especialmente la actividad cerebral, así como la información proveniente de ella.
Argumentos que respaldan la propuesta
La primera parte de la modificación propuesta es eliminar el primer inciso para que quede ese concepto vinculado al numeral 1 donde incluye conceptos de vida y muerte y resulta entonces más coherente su unificación en el numeral mismo.
La segunda idea de esta propuesta es agregar entre el inciso segundo de la propuesta inicial el concepto "seguridad y confidencialidad informática" puesto que hoy por hoy se hace absolutamente imprescindible que en rango constitucional podamos tener sustento jurídico que nuestra información y confidencialidad sea un derecho efectivo.
Esta es una propuesta de
Miguel Botto S.