Iniciativa Nº 4.211: Gestión y desarrollo de los bienes comunes mineros
Los bienes minerales constituyen un Bien Común, deberá producir una Riqueza Social destinada a satisfacer el interés público cuidando el medioambiente
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Tipo de propuesta
Agregar artículo a Capítulo XIII: Protección del Medio Ambiente, Sostenibilidad y Desarrollo
Propuesta de nuevo artículo
El Observatorio minero de Chile pone a disposición del país, a través del Consejo constitucional la siguiente Iniciativa de Norma:
Título: Gestión y desarrollo de los bienes comunes mineros
Acápites:
1. Las minas y bienes minerales en general, constituyen un Bien Común, de todos los chilenos que deberá producir una Riqueza Social destinada principalmente, a satisfacer el interés público, conservando la diversidad y los recursos ambientales.
2. Es responsabilidad del Estado, controlar que las exportaciones de riquezas minerales paguen los tributos correspondientes a sus valores reales y controlando las potenciales evasiones de minerales no declarados. Estos bienes comunes serán administrados preferentemente por el Estado ya sea para su explotación directa o para administrar y vigilar las concesiones otorgadas.
3. Sustancias minerales podrían concesionarse bajo una Ley especial que las clasifique según consideraciones estratégicas y de desarrollo y con la participación de las comunidades donde se emplacen y las no concesionables serán explotadas por el Estado con sus empresas o con mandatos a terceros en las mismas condiciones.
4. El Estado elaborará planes de desarrollo sustentables con la participación de los habitantes de los territorios mineros.
5. Bienes comunes mineros podrán concesionarse por medio de un juicio de concesión a particulares solicitantes bajo una Ley específica para satisfacer el interés público; participando Comunidades territoriales en que se emplacen los bienes, los Solicitantes y el Estado, cuidando el ecosistema, el bien común y el retorno de la riqueza social.
6. Las concesiones son temporales y renovables por un plazo prudente para su explotación, caducando por suspensión de trabajos según un plazo legal o su no explotación en plazo determinado por juicio de concesión. Las concesiones no son transferibles.
7. El Estado elaborará planes de desarrollo territorial, que consideren cadenas de desarrollo minero-industrial, con trazabilidad de acuerdo a especificidad y competitividad de las distintas escalas productivas de la pequeña, mediana y gran minería, optimizando la captura de valor de esta riqueza colectiva.
Argumentos que respaldan la propuesta
De acuerdo a nuestra constitución actual y las anteriores, los minerales son un bien común de todos los chilenos. Por tal motivo es imprescindible incorporar este concepto a cualquier análisis del entorno minero si queremos que haya un desarrollo verdadero y sustentable para todos los chilenos.
La principal diferencia con el anteproyecto de nueva Constitución, es que esta no considera el tema de la minería.
Esta es una propuesta de
Observatorio minero de Chile El objetivo institucional es colaborar en la definición y aplicación de políticas públicas, con una mirada crítica y propositiva, en orden a lograr una minería sustentable.
Representada por
Ricardo Silva S.