Iniciativa Nº 4.427: Personal a contrata de fuerzas de orden con derecho a sindicalización

Derecho a sindicalización personal civil en las fuerzas de orden

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Tipo de propuesta

Modificación de Artículo Nº 16.26, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales

Propuesta de artículo

Artículo Anteproyecto

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Argumentos que respaldan la propuesta

El personal a contrata que trabaja en la fuerzas de orden no goza de los derechos del código del trabajo. Tiene que cumplir los deberes de la ley Dfl1 pero no goza de los beneficios que tiene el personal naval. Tampoco tiene derecho a indemnización por años de servicio en caso de despido, ni seguro de cesantía, por lo que este tipo de contratación deja al personal al desamparo de la ley, por lo que debiera a lo menos tener derecho a sindicalización, por la mayoría de derechos que se vulneran.

Esta es una propuesta de

Ana Loyola A.