Iniciativa Nº 443: Libertad religiosa con garantías de no discriminación

Libertad religiosa con garantías de no discriminación y de pleno respeto al Interés Superior del Niño

Esta propuesta cuenta con

43 Apoyos de la Ciudadanía

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Tipo de propuesta

Modificación de Artículo Nº 16.13, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales

Propuesta de artículo

Artículo Anteproyecto

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Argumentos que respaldan la propuesta

La propuesta busca establecer y garantizar que la libertad religiosa no pueda ser usada como excusa para abrir la puerta a discriminaciones arbitrarias o para violentar el Interés Superior del Niño, Niña o Adolescente en especial su derecho a la autonomía progresiva.

"(...) el derecho a la libertad de expresión y de culto, tiene como límite el respeto irrestricto al derecho a la dignidad e igualdad de los seres humanos, entendiendo que la igualdad, así como la libertad, es un atributo del que gozan todos los seres humanos por el sólo hecho de ser tales, con independencia de cuan diversas sean las personas, siendo la igualdad un derecho humano esencial, que les permite a cada ser construir su propia identidad y desarrollarse a plenitud, derecho que por lo demás detenta la más amplia tutela por parte del sistema jurídico internacional de los derechos humanos”, señaló un fallo emitido el 27 de noviembre del 2015 por el juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Darwin Bratti, que luego fue ratificado por la Corte Suprema. Esto en respuesta a un pastor que había denigrado a personas LGBTIQA+ con el argumento que hacía uso de la libertad religiosa.

En tanto, el 4 de febrero del 2022 la Corte Interamericana de DDHH condenó al Estado de Chile por haber impedido a la docente Sandra Pavez dictar clases de religión solo por ser lesbiana.

"Si bien la designación de profesores de un credo religioso particular por parte de las comunidades religiosas interesadas de conformidad con lo establecido en el Decreto 924 podría comprender un cierto margen de autonomía, la cual sería concordante con el derecho a la libertad religiosa, la misma no puede ser absoluta", si es que se incurre en discriminación arbitraria, señaló la Corte Interamericana de DDHH.

A lo expuesto se añade que los niños, niñas y adolescentes deben contar, desde su más tierna infancia, con el derecho a decidir que religión adoptan o no, así como a su autonomía progresiva para la definición de sus propias identidades.

Esta es una propuesta de

Movimiento de Integración y Liberación Homosexual, Movilh Promoción y Defensa de los Derechos Humanos de las personas LGBTIQANB+, de las parejas del mismo sexo y de las familias homoparentales  

Representada por

Ramón Gómez R.