Iniciativa Nº 4.479: Cambio de la obligación del Estado de "realizar acciones" a la de "garantizar objetivos" en temas de seguridad social.

El "realizar" obliga al Estado a ejecutar acciones, pero no lo compromete respecto de sus resultados puesto que las acciones igualmente se ejecutaron.

Esta propuesta cuenta con

5 Apoyos de la Ciudadanía

Ya no se aceptan más apoyos

Tipo de propuesta

Modificación de Artículo Nº 24, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales

Propuesta de artículo

Artículo Anteproyecto

Significado:   Agrega       Elimina  

Argumentos que respaldan la propuesta

1. Cambio del vocablo "realizar" por el de "garantizar"

La propuesta establece la obligación del Estado sobre aspectos de protección social y equidad en la prestación de servicios, sean entregados por el Estado o no. No obstante, el texto le asigna al Estado la obligación de "realizar" todas las acciones que ello amerita.

El vocablo utilizado no define la concreción del fin propuesto.

En efecto, una persona se puede comprometer a realizar un sinnúmero de actividades, sin que ello implique, necesariamente, la concreción de un objetivo.

Por ser, una persona se compromete a realizar la carrera, no existiendo ninguna garantía de que la gane, incluso de que siquiera la termine.

Es por ello, que sugiero el cambio de este vocablo por el de "garantizar", puesto que la adopción de este término en la redacción implica la obligación, por parte del Estado, que dichas prestaciones sean efectivamente entregadas en los términos fijados en la Constitución y/o en las leyes particulares que para los fines descritos se deban promulgar.

2. Cambio del artículo "el" por la forma del determinante posesivo de tercera persona "su"

En la redacción existe el uso de comas y artículos como herramienta retórica para separar elementos, que son distintos entre sí. No obstante, cuando habla del agua, se refiere al saneamiento de ésta, vale decir, a los procesos de recolección y tratamiento de las aguas residuales. Por lo que "el saneamiento" no es un elemento distinto, sino que es parte o tiene que ver con el elemento "agua", conformándose entre ambos una unidad que resulta indisoluble, puesto que una conlleva a la otra.

Esta es una propuesta de

Nixon Balmaceda A.