Iniciativa Nº 4.923: mujer y participación

establece formas de protección y participación paritaria de las mujeres en el ámbito publico y privado.

Esta propuesta cuenta con

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Tipo de propuesta

Agregar artículo a Capítulo I: Fundamentos del orden constitucional

Propuesta de nuevo artículo

Argumentos que respaldan la propuesta

-Problema a solucionar:

La brecha histórica de desigualdad, discriminación, exclusión y sub-valoración, que ejerce el sistema de organización socioeconómico sobre las mujeres y que se manifiesta transversalmente en todo ámbito social, desde la individualidad de las relaciones familiares hasta la incorporación y participación de la mujer en las esferas educacionales, laborales y administrativas.

Habiendo Chile firmado y ratificado varios tratados internacionales que promueven una definición jurídica y trato igualitario entre hombres y mujeres, desde:

-“la convención interamericana de los derechos civiles de la mujer” firmado en el año 1948 y ratificado en el año 1975.

-“La convención interamericana sobre concesión de los derechos políticos a la mujer” firmado en 1948 y ratificado en 1975.

-“La firma del tratado propuesto por la CEDAW” en 1976.

-“La convención interamericana para prevenir, erradicar y sancionar la violencia contra la mujer” firmado en 1994 y ratificado en 1996.

Frente al incumplimiento de estos compromisos por parte de las administraciones del país, pasados 73 años, nos parece justo y oportuno de que quede constancia en la nueva Carta Magna, la urgencia de reivindicar a la mujer como sujeto social, político y sexual, garantizando sus derechos humanos y espacios de representación que merecen, como ciudadanas libres y en pleno ejercicio de sus facultades.

-Situación ideal:

En concordancia con el porcentaje de personas nacidas mujer en chile y el mundo, siendo la tendencia mundial un mayor numero de mujeres, la situación ideal es que las mujeres sean participantes activas en todas las esferas de producción, educación, administración y ademas espacios sociales que puedan generarse en una sociedad en constante transformación, crecimiento y evolución, siempre en igualdad de condiciones, trato y salarios.

-Que debe contemplar la nueva constitución:

La nueva constitución debe garantizar la equidad entre hombres y mujeres, para lo cual debe detallar específicamente las definiciones jurídicas de ambos, basados exclusivamente en la realidad empírica de cada individuo.

La nueva constitución deberá excluir de la totalidad de sus artículos, el concepto “género”, refiriéndose siempre a los individuos en razón de su sexo, esto con el fin de garantizar espacios separados para cada individuo social y sus necesidades morfológicas y garantizar también una mayor precisión en la toma de datos universales, imprescindibles.

-Argumentos de respaldo:

Históricamente la exclusión y discriminación hacia la mujer en la sociedad las ha hecho ciudadanas de Segunda clase, quienes ante la subvaloración y la falta real de oportunidades de desarrollo, son porcentualmente las personas con menos ingresos, víctimas de inestabilidad y/o explotación laboral, sexual e incluso explotación reproductiva. 

Estadísticamente en Chile las mujeres perciben un salario un 30% menor al de los varones por una misma labor y mismo tiempo. La jerarq

Esta es una propuesta de

Alianza Abolicionista terminar con la educación sexista que jerarquiza la sociedad entre géneros.

Representada por

Macarena Vallejos T.