Iniciativa Nº 5.227: Solicitud de reintegro al texto la gratuidad progresiva en la educación superior.
Se solicita al Consejo la reintegración de la norma de gratuidad progresiva en la educación superior, contemplado en esta iniciativa de norma letra e)
Esta propuesta cuenta con
30 Apoyos de la Ciudadanía
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Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 16.22, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
La Constitución asegura a todas las personas:
El derecho a la educación.
a) La educación tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida, en el contexto de una sociedad democrática.
b) La educación se rige por los principios de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad, adaptabilidad, no discriminación y los demás que disponga la ley. El Estado tiene el deber ineludible de fortalecer la educación en todos sus niveles y fomentar su mejoramiento continuo, ejerciendo labores de promoción, regulación y supervigilancia. Los establecimientos educacionales creados o reconocidos por el Estado deberán cumplir estándares básicos y uniformes, de conformidad a la ley.
c) Es deber del Estado promover la educación parvularia, para lo que financiará y coordinará un sistema gratuito a partir del nivel medio menor, destinado a asegurar el acceso a este y a sus niveles superiores. El segundo nivel de transición es obligatorio, siendo requisito para el ingreso a la educación básica.
d) La educación básica y la educación media son obligatorias, debiendo el Estado financiar y coordinar un sistema gratuito con tal objeto, destinado a asegurar el acceso a ellas de toda la población. En el caso de la educación media la obligatoriedad se extenderá hasta cumplir los veintiún años de edad.
e) La asignación de los recursos públicos deberá seguir criterios de razonabilidad.
f) El Estado deberá crear, sostener y coordinar una red nacional de establecimientos educacionales pluralista en todos los niveles de enseñanza.
g) Es deber de la comunidad contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación. Asimismo, corresponderá al Estado asegurar la calidad de la educación en todos sus niveles y fomentar la formación cívica, estimular la investigación científica y tecnológica, la creación artística y la protección e incremento del patrimonio cultural de la Nación.
h) Los profesores son parte esencial del esfuerzo educativo de la Nación. Es deber del Estado y de toda comunidad educativa promover el desarrollo profesional y respeto de los docentes.
Argumentos que respaldan la propuesta
Desde hace muchísimo tiempo se ha exigido por parte de la ciudadanía la gratuidad a la Educación Superior, esta norma que solicito su integración nuevamente, fué desechada por la comisión experta en la subcomisión de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales solo por conseguir la mitad de los votos, considero que es una buena norma y que debería integrarse nuevamente a este proyecto de constitución para consagrar el derecho a a la educación gratuita y que esta sea de manera progresiva. Suena razonable, conciso, y no obliga completa ni inmediatamente al Estado a financiar todos los sistemas, sean públicos o privados, sino que respeta también los otros modos de financiamiento.
Esta es una propuesta de
Alexzander Arias L.