Iniciativa Nº 5.291: Deber de motivación o fundamentación de los actos públicos

Toda autoridad pública ya sea de la función ejecutiva, legislativa o judicial debe fundamentar sus decisiones para que no sean arbitrarias y/o ilegale

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Agregar artículo a Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales

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Argumentos que respaldan la propuesta

El tema en la sociedad actual, ha cobrado un redoblado interés. El derecho administrativo autoritario hoy no resiste los embates y exigencias de una sociedad empoderada que exige a sus autoridades transparentar, a cabalidad, los motivos de sus decisiones. Hemos pasado de una época en que la regla general era la no exteriorización de los fundamentos de los actos a otra en que la regla general es, por el contrario, la publicidad de dichos fundamentos. Llegamos, pues, a considerar a la motivación un verdadero y auténtico principio general del derecho público chileno. Pero, no sólo referido a los actos administrativos, sino a todos los actos de los órganos del Estado. La motivación, desde un punto de vista más técnico, ha devenido en un requisito esencial de los actos del Estado, cuya omisión compromete absolutamente la validez de tales actos.

Esta es una propuesta de

Alejandro Gómez S.