Iniciativa Nº 5.327: Derecho preferente de los padres a educar a sus hijos

Los padres son los únicos con derecho y obligación de educar a sus hijos. El Estado no puede arrogarse ese derecho

Esta propuesta cuenta con

515 Apoyos de la Ciudadanía

Caracterización

Ya no se aceptan más apoyos

Tipo de propuesta

Modificación de Artículo Nº 16.23, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales

Propuesta de artículo

Artículo Anteproyecto

Significado:   Agrega       Elimina  

Argumentos que respaldan la propuesta

El núcleo primario básico de la sociedad es la familia y dentro de ella los padres son los primeros educadores de sus hijos y tiene el derecho y la obligación de asumir ese rol. Si no se especifica esto, puede que el Estado tome el lugar de los padres imponiendo ciertas directrices que no siempre será concordantes con la visión de los padres.

El Estado no puede interferir en las decisiones que los padres tomen en relación a la educación de sus hijos. De otro modo, la familia no sería el núcleo primario y se pierde el sentido de la familia, pasando a ser el Estado el "padre" de todos los hijos de la sociedad y se constituiría en un Estado totalitario.

Modificar el literal c) es consistente con la propuesta de modificación del artículo 16.22 en el sentido de agregar el derecho preferente y obligatorio de los padres a educar a sus hijos.

Esta es una propuesta de

Carlos Varea B.