Iniciativa Nº 5.343: Libertad de pensamiento, religión y creencias. Modifica Cap. II art. 16 numeral 13, 13 b y c De los Derechos y Libertades Fundamentales

Reconoce la libertad de toda persona para adoptar la religión, o creencias de su elección, sin que ninguna sea considerada como la oficial del Estado

Esta propuesta cuenta con

1.428 Apoyos de la Ciudadanía

Caracterización

Ya no se aceptan más apoyos

Tipo de propuesta

Modificación de Artículo Nº 16.13, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales

Propuesta de artículo

Artículo Anteproyecto

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Argumentos que respaldan la propuesta

En Chile se respeta y garantiza la libertad de religión y de creencias espirituales. Por lo tanto, ninguna religión ni creencia es la oficial, cuyo ejercicio no tiene más limitación que la Constitución y la ley, no existiendo diferencia en las religiones o confesiones que se profesan ni subordinación entre ellas. En el mismo sentido, no pueden existir privilegios o beneficios de las religiones o creencias por el hecho de ser tales, como serían las exenciones de impuestos, ya que ello pugnaría con el principio de igualdad ante la ley, en relación a otras personas, agrupaciones, asociaciones o grupos, considerados en el concepto de laicismo.

A su vez, la IPN se propone no sólo con el sentido de evitar la intervención de instituciones religiosas en el funcionamiento del Estado, sino que también en el de respetar su autonomía en un sentido amplio.

Esta es una propuesta de

Gran Logia Femenina de Chile Institución laica, humanista, filosófica y filantrópica para el desarrollo de las mujeres que la conforman y de la Humanidad  

Representada por

Liliana Puls A.