Iniciativa Nº 5.363: Comisionado Ciudadano para la defensa de derechos fundamentales ante el Congreso
Un funcionario adscrito al Congreso Nacional que pueda representar a la ciudadanía en la protección de derechos constitucionales ante actos públicos
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Propuesta de nuevo artículo
Art. N.-
1. El Comisionado Ciudadano es un funcionario instituido en el ámbito del Congreso, que actuará con plena autonomía funcional, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad. No podrá ejercer este cargo ningún diputado o senador.
2.- Su misión es la defensa y protección de los derechos, garantías e intereses tutelados en esta Constitución y las leyes, ante hechos, actos u omisiones de los demás órganos regulados en la Constitución; y el control del ejercicio de las funciones públicas.
3.- El Comisionado Ciudadano será designado y removido por el Congreso con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de cada una de las Cámaras. Gozará de las inmunidades y privilegios de los legisladores. Durará en su cargo cinco años, pudiendo ser nuevamente designado por una sola vez.
4.- La organización y el funcionamiento del Comisionado Ciudadano serán regulados por una ley institucional del Congreso.
Argumentos que respaldan la propuesta
Dado que a muchos no les gusta la idea de un Defensor del Pueblo con autonomía, se me ocurre proponer una figura parecida, no tan autónoma, pero útil a la defensa de derechos de la ciudadanía.
Copiando lo existente en la Constitución Argentina, propongo al "Comisionado Ciudadano", un funcionario adscrito al Congreso, con cierta autonomía funcional, encargado de representar a la ciudadanía en la tarea de protección de sus derechos constitucionales ante actos de los poderes públicos que pudieran afectarlos.
Se encarga a la ley institucional del Congreso su organización y funciones.
Esta es una propuesta de
Sergio Arenas B.