Iniciativa Nº 5.743: separación de poderes de lo administrativo de lo jurisdiccional en el poder judicial
que las gestiones administrativas sean realizadas por las y los profesionales en conjunto con las y los jueces
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Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 157, Capítulo VII: Poder Judicial
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
1. Para la gobernanza del Poder Judicial existirán órganos autónomos encargados de los nombramientos de sus integrantes, el ejercicio de las facultades disciplinarias, la formación y el perfeccionamiento de jueces y funcionarios, así como la gestión y administración del Poder Judicial. Existirá un órgano por cada uno de ellos, los que funcionarán separadamente y de forma coordinada.
2. Una ley institucional regulará, en cada caso, las competencias, organización, funcionamiento y demás atribuciones de los órganos respectivos que ejercerán la gobernanza judicial.
3. Los integrantes de los cuerpos directivos de los órganos autónomos durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos por una vez, salvo los del órgano que esté a cargo de los nombramientos judiciales.
Argumentos que respaldan la propuesta
se debería complementar este punto 1 del articulo 157 de la constitución debido a que la separación de lo jurisdiccional de lo administrativo debido a que actualmente los jueces y juezas pueden inmiscuirse en las decisiones administrativas de los tribunales como, por ejemplo, señalar como se debe distribuir la carga administrativa en cada sala de audiencia, en las calificaciones de los funcionarios de su tribunal junto a esto se suma asignación de labores que el personal administrativo debe realizar como por ejemplo confeccionen sentencias lo cual se pasa de una asignación de funciones que no corresponde debido a que una sentencia, el comité de jueces sin la participación de los profesionales administrativos tomen la decisión final de los funcionarios que queden seleccionados es un tema jurisdiccional de acuerdo a lo que señala la Corte suprema en sus actas 204 del 23 octubre de 2022 y numero 72 del 14 de abril de 2023
Esta es una propuesta de
Paulina Carreño M.