Iniciativa Nº 5.791: EUTANASIA, UNA MUERTE DIGNA
PRACTICAR LA EUTANASIA EN CASOS DEBIDAMENTE FUNDADOS, A PACIENTES CON ENFERMEDADES IRREVERSIBLES
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 16.21, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
La Constitución asegura a todas las personas:
El derecho a la protección de la salud en sus dimensiones física, mental y social.
a) El Estado protege el libre, universal, igualitario y oportuno acceso a las acciones de promoción, prevención, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona. Le corresponderá, asimismo, la coordinación y control de dichas acciones, asegurando su disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad, abordando sus determinantes sociales y ambientales, de conformidad a la ley.
b) Es deber preferente del Estado garantizar la ejecución de las acciones de salud, a través de instituciones estatales o privadas, en la forma y condiciones que determine la ley.
c) El Estado deberá crear, preservar y coordinar una red de establecimientos de salud, de acuerdo con estándares básicos y uniformes de calidad.
d) El Estado fomentará la práctica deportiva con el fin de mejorar la salud y calidad de vida de las personas.
Argumentos que respaldan la propuesta
Elegir sobre nuestro cuerpo es un derecho humano básico, por lo que la Eutanasia es una forma asistida de tener una muerte digna para aquellas personas que su estado de salud es irreversible, hay que considerar que en estos casos hay un punto en que los medicamentos pierden su efectividad, ocasionado con esto sufrimiento tanto al paciente como a sus seres queridos que lo acompañan.
Esta es una propuesta de
Representada por
Carolina Díaz V.