Iniciativa Nº 5.883: De los deberes Constitucionales
obligación en los funcionarios públicos de cumplir fiel y honradamente con su cargo
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Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 38, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
1. Todas las personas deben respetarse y comportarse fraternal y solidariamente. Asimismo, deben honrar la tradición republicana, defender y preservar la democracia, y observar fiel y lealmente la Constitución y la ley.
2. Del mismo modo, deben contribuir a preservar el patrimonio ambiental, cultural e histórico de Chile.
3. Es un deber de todos los habitantes de la República proteger el medio ambiente, considerando las generaciones futuras y prevenir la generación de daño ambiental. En caso que se produzca, serán responsables del daño que causen, contribuyendo a su reparación en conformidad a la ley.
4. Todo habitante de la República debe respeto a Chile y a sus emblemas nacionales. Los chilenos tienen el deber de honrar a la patria.
5. Todos los ciudadanos que ejercen funciones públicas tienen el deber de desempeñar fiel y honradamente sus cargos, dando cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones. Combatir la corrupción es un deber de todos los habitantes de la República.
6. Los habitantes de la República deben cumplir con las cargas públicas, contribuir al sostenimiento del gasto público mediante el pago de tributos, y votar en las elecciones, referendos y plebiscitos, todo de conformidad a la Constitución y la ley. Asimismo, deben defender la paz y usar métodos pacíficos de acción política.
7. Los habitantes de la República tienen el deber de asistir, alimentar, educar y amparar a sus hijos. Por su parte, ellos tienen el deber de respetar a sus padres, madres y ascendientes y de asistirlos, alimentarlos y socorrerlos cuando éstos los necesiten.
8. Toda persona, institución o grupo debe velar por el respeto de la dignidad de los niños.
Argumentos que respaldan la propuesta
Se agrega la palabra “obligación”, ya que el desempeño del cargo no solo debe ser cumplido conforme a lo dicte la moral, si no que también, conforme a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico nacional, por lo que, el legislador deberá crear o modificar las determinadas leyes para el cumplimiento de la presente normal.
Esta es una propuesta de
Cristopher Balboa M.