Iniciativa Nº 5.915: Derecho al Agua como bien inapropiable
Garantizar el derecho al agua y al saneamiento, protegiendo que el agua en no sea un bien privado sino un bien de uso público.
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 16.29, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
La Constitución asegura a todas las personas:
El derecho al agua y al saneamiento, de conformidad a la ley. Es deber del Estado garantizar este derecho a las generaciones actuales y futuras.
Prevalecerá su uso para el consumo humano y para el uso doméstico suficiente.
Argumentos que respaldan la propuesta
El agua es un bien de uso público y su dominio y uso pertenece a todos los habitantes de la Nación. Por ello no puede ser un bien de privado ni deben otorgarse "derechos de aprovechamiento" para lucrar con ella en cualquier forma. El 60% de escasez de agua en Chile es causada por una mala gestión del recurso, aumento de demanda y el sobreotorgamiento de derechos de aprovechamiento en una minoría de privados (empresas). Hoy, el 90% de los derechos de aprovechamiento de aguas consuntivas (no devuelven un caudal al río) se encuentra en manos de empresas mineras y agroexportadoras, mientras que prácticamente el 100% de los derechos de aprovechamiento de aguas no consuntivos (devuelven un caudal al río) se encuentra en manos de transnacionales. Esa gestión de derechos perjudica el derecho de acceso al agua a los ciudadanos y sus poblaciones, provocando escasez.
Esta es una propuesta de
Christopher Fattori M.