Iniciativa Nº 5.939: Eliminación de nacionalidad por principio de Ius Solis para todo caso
modificación de las condiciones para adquirir nacionalidad
Esta propuesta cuenta con
25 Apoyos de la Ciudadanía
Ya no se aceptan más apoyos
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 17, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
1. Son chilenos:
a) Los nacidos en el territorio de Chile, con excepción de los hijos de extranjeros que se encuentren en Chile en servicio de su Gobierno, y de los hijos de extranjeros transeúntes, todos los que, sin embargo, podrán optar por la nacionalidad chilena.
b) Los hijos de padre o madre chilenos nacidos en territorio extranjero. Con todo, se requerirá que alguno de sus ascendientes en línea recta de primer o segundo grado, haya adquirido la nacionalidad chilena en virtud de lo establecido en los literales a), c) o d).
c) Los que obtuvieren carta de nacionalización en conformidad a la ley.
d) Los que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley.
2. La ley reglamentará los procedimientos de opción por la nacionalidad chilena, de otorgamiento, negativa y cancelación de las cartas de nacionalización y la formación de un registro de todos estos actos.
3. Con todo, los nacidos según la situación excepcional del literal a) del inciso 1 serán siempre chilenos cuando, por efectos de lo dispuesto en dicha norma, devienen en apátridas.
Argumentos que respaldan la propuesta
Se plantea modificación, con tal de modernizar la legislación de nacionalidad chilena, ya que no se requiere de uso de principio de nacionalización por Ius Solis (derecho de suelo) para todo tipo de caso, y así evitar casos de personas de otras procedencias que quieran hacer mal uso de la nacionalidad chilena
Esta es una propuesta de
Tito Becerra S.