Iniciativa Nº 595: Derecho a la seguridad ciudadana

Consagrar un “derecho a la seguridad ciudadana” va de la mano con la protección y disfrute de una serie de otros derechos fundamentales

Esta propuesta cuenta con

280 Apoyos de la Ciudadanía

Caracterización

Ya no se aceptan más apoyos

Tipo de propuesta

Agregar artículo a Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales

Propuesta de nuevo artículo

Argumentos que respaldan la propuesta

La seguridad ciudadana, en su sentido más medular, puede entenderse como “un bien”,una “aspiración”,una “condición” a alcanzar,en la que el riesgo y la amenaza se reducen o, al menos, contienen, y que no se concibe al margen de las condiciones de la democracia y tampoco alejada de una gestión pública basada en la persona como principal beneficiario". Una de las dimensiones de la seguridad humana y, por lo tanto, del desarrollo humano e involucra la interrelación de múltiples actores, condiciones y factores. Debe entenderse dentro de un marco amplio, donde la gobernabilidad, la democracia y los derechos humanos son elementos primordiales en su diseño como política pública. Para el abordaje de la criminalidad y la violencia éste se entronca de mejor manera con una concepción de Derechos Humanos que otras aproximaciones,como seguridad pública,seguridad interior,orden público, o seguridad humana(donde la seguridad ciudadana representa un apéndice). El derecho se plantea como un enfoque centrado en la construcción de una ciudadanía democrática,con el ser humano como centro de las políticas. Su ámbito debe entenderse dentro de una lógica de derechos universales,válidos para todos los miembros de una sociedad, para de esa forma desenvolverse cotidianamente con el menor nivel posible de amenazas a su integridad personal, sus derechos cívicos y el goce de sus bienes.Los problemas surgen donde el Estado no cumple —ya sea total o parcialmente— con su función de entregar protección ante el delito y la violencia social, lo que supone una grave interrupción de la relación básica entre gobernantes y gobernados. Este derecho surge de la obligación del Estado de garantizar la seguridad de la persona dentro del marco que provee la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.La “base de las obligaciones exigibles al Estado se encuentra en un plexo normativo que exige la garantía de derechos particularmente afectados por conductas violentas o delictivas, cuya prevención y control es el objetivo de políticas sobre seguridad ciudadana”. Consagrar el derecho va de la mano con la protección y disfrute de una serie de otros derechos fundamentales (cúmulo), como el derecho a la vida,a la integridad física y psíquica,libertad personal y seguridad individual,debido proceso,libertad de asociación,de reunión,de expresión, a participar en la vida nacional y el derecho al disfrute pacífico de los bienes en el caso de los delitos contra la propiedad. Las bases doctrinarias entre derechos fundamentales y seguridad ciudadana, viene a justificar la necesidad de establecer en la Constitución, el “derecho a la seguridad ciudadana" como derecho fundamental, trascendente y al Estado como principal obligado a establecer las bases necesarias para su consagración y respecto

Esta es una propuesta de

Asociación de Municipalidades de Chile (AMUCH) Ser una institución que favorece el desarrollo local y la defensa de los intereses comunes de sus municipios asociados a través del diseño de políticas públicas, el fortalecimiento de la gestión municipal y su capital humano; la generación de estudios y contenidos, la formulación y ejecución de programas y proyectos y la vinculación con entidades nacionales del ámbito público y privado y con entidades a nivel internacional  

Representada por

Andrés Chacón R.