Iniciativa Nº 5.963: Art: "El Estado no privilegiará religión alguna, ni les concederá subvenciones o exenciones tributarias"

Busca garantizar la igualdad de trato, evitar la discriminación y preservar la independencia tanto del Estado como de las instituciones religiosas.

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Tipo de propuesta

Agregar artículo a Capítulo I: Fundamentos del orden constitucional

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Argumentos que respaldan la propuesta

El Estado laico debe proteger el ejercicio de todas las religiones sin discriminación alguna y la Libertad de Conciencia; sin embargo, no le corresponde como tal, financiar las actividades institucionales de las religiones. Debe por tanto, preservar la independencia de las instituciones religiosas como las del propio Estado.

Ello no se señala en la propuesta de experto, ni siquiera existe la un artículo sobre el Estado de Laico de Chile como se aludía en Constituciones anteriores, diferenciándose además de más de 160 países de la ONU y de organismos continentales con la Unión Europea. Lo que es anacrónico como aberrante.

Proporciono una explicación más detallada y específica sobre la iniciativa:

1º Principio de laicidad del Estado: La laicidad del Estado implica que este debe ser neutral en cuestiones religiosas y tratar a todas las religiones por igual. Esto implica que el Estado no debe favorecer ni privilegiar a ninguna religión en particular. Al no otorgar privilegios a ninguna religión, se garantiza la igualdad de trato y se evita cualquier forma de discriminación basada en creencias religiosas.

2º Libertad religiosa: La libertad religiosa es un derecho fundamental que garantiza que todas las personas tienen la libertad de elegir, practicar y manifestar su religión o creencias, o de no tener ninguna. El Estado debe respetar y proteger este derecho y no interferir en las creencias y prácticas religiosas de los individuos, siempre y cuando no se violen los derechos de terceros o se infrinjan las leyes civiles.

3ºIgualdad y neutralidad: Al no conceder subvenciones o exenciones tributarias a ninguna religión en particular, el Estado evita favorecer a ciertos grupos religiosos sobre otros y mantiene una postura neutral. Esto es importante para preservar la igualdad de oportunidades y evitar la discriminación religiosa en el ámbito público. Además, al no financiar directamente a las religiones, se protege la autonomía y la independencia de las instituciones religiosas.

Ergo, la fundamentación de la frase se basa en los principios de laicismo del Estado, la libertad religiosa, la igualdad y la neutralidad. Al no privilegiar ninguna religión y no conceder subvenciones o exenciones tributarias a ellas, se busca garantizar la igualdad de trato, evitar la discriminación y preservar la independencia tanto del Estado como de las instituciones religiosas.

Esta es una propuesta de

Jorge Navarrete B.