Iniciativa Nº 6.627: Proponemos agregar inciso sobre Sistema Integral de Cuidados al art. 16.25 Derecho al Trabajo Decente
El Estado generará políticas públicas que permitan conciliar la vida laboral, familiar y comunitaria y el trabajo de cuidados.
Tipo de propuesta
Agregar artículo a Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de nuevo artículo
Art. 16 Derecho al trabajo decente
25. Existirá un Sistema Integral de Cuidados, normas y políticas públicas que promuevan la autonomía personal y que incorporen los enfoques de derechos humanos, de género e interseccional.
El Estado generará políticas públicas que permitan conciliar la vida laboral, familiar y comunitaria y el trabajo de cuidados.
El Estado promueve la corresponsabilidad social y de género e implementará mecanismos para la redistribución del trabajo doméstico y de cuidados, procurando que no representen una desventaja para quienes la ejercen.
Argumentos que respaldan la propuesta
Una de las principales manifestaciones de la discriminación entre hombres y mujeres radica en que no existe un sistema equitativo ni justo en la distribución de los cuidados de niños y niñas, personas en situación de discapacidad o con problemas de salud, así como de las personas mayores.
La única forma de contribuir a cambios culturales profundos en este tema es que existan desde la carta fundamental directrices, programas y políticas públicas.
El Estado por medio de esta medida se hace responsable en otorgar servicios públicos, provisión de infraestructura –entendiendo la necesidad de concederla para los cuidados de sujetos con discapacidad o enfermedades graves-, formulación de políticas de protección social, y la promoción de la responsabilidad compartida en el hogar y la familia.
Esta es una propuesta de
Gran Logia Femenina de Chile Institución laica, humanista, filosófica y filantrópica. Promueve el desarrollo de la mujer y de la Humanidad.
Representada por
Liliana Puls A.