Iniciativa Nº 6.639: Modificación artículo 16.02 para garantizar la dignidad humana y la vida
Agregase "El desarrollo científico y tecnológico estará al servicio de las personas y se llevará a cabo con respeto al medioambiente"
Esta propuesta cuenta con
12 Apoyos de la Ciudadanía
Ya no se aceptan más apoyos
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 16.02, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
La Constitución asegura a todas las personas:
El derecho a la integridad personal, que incluye el derecho a la integridad física y psíquica. Nadie será sometido a tortura ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
El desarrollo científico y tecnológico estará al servicio de las personas y se llevará a cabo con respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y psíquica y a los demás derechos que esta Constitución establece. La ley regulará los requisitos, condiciones y restricciones para su utilización en las personas, debiendo resguardar especialmente la actividad cerebral, así como la información proveniente de ella.
Argumentos que respaldan la propuesta
La propuesta de nueva constitución debe considerar el fundamento de la capacidad del medio ambiente de sostener la vida y la dignidad humana, considerando el contexto de crisis climática y sus riesgos asociados. Correspondiendo a este argumento, se garantizan las normas de calidad, emisión y planes reguladores correspondientes.
Esta es una propuesta de
Andrés Montecinos M.