Iniciativa Nº 6.815: Inclusión del Arbitraje Internacional en la Constitución para la Promoción del Comercio Internacional y la Resolución de Controversias

Promoviendo el arbitraje internacional: justicia y seguridad para el comercio global.

Esta propuesta cuenta con

14 Apoyos de la Ciudadanía

Ya no se aceptan más apoyos

Tipo de propuesta

Modificación de Artículo Nº 153, Capítulo VII: Poder Judicial

Propuesta de artículo

Artículo Anteproyecto

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Argumentos que respaldan la propuesta

Complementa la norma establecida. La modificación se sugiere en base a los siguientes argumentos:

1. Chile como sede arbitral: Posicionaría a Chile como una sede atractiva para conocer de conflictos internacionales, pues se reconoce este mecanismo de resolución de controversias a nivel constitucional, cuestión que no existe en otros países.

2. Reconocimiento de normas internacionales: Al establecer en la constitución que las decisiones y los laudos arbitrales emitidos en procedimientos de arbitraje internacional deben ser reconocidos y ejecutados de acuerdo con las leyes y tratados internacionales aplicables, se muestra el compromiso del Estado de cumplir con sus obligaciones internacionales y garantizar el respeto a los principios del derecho internacional.

3. Imparcialidad y equidad en la resolución de disputas: Al incluir el arbitraje internacional en la constitución, se establece el compromiso del Estado de garantizar que los procedimientos arbitrales se lleven a cabo de manera imparcial y equitativa, promoviendo así la confianza en el sistema de justicia y en la resolución de controversias internacionales.

Esta es una propuesta de

Martín Molina J.