Iniciativa Nº 683: PERIODICIDAD DE ELECCIÓN PODER EJECUTIVO Y LEGISLATIVO, REQUISITOS
coherencia pensamiento político de la sociedad chilena, sus autoridades legislativas y del ejecutivo.
Esta propuesta cuenta con
7 Apoyos de la Ciudadanía
Ya no se aceptan más apoyos
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 55, Capítulo IV: Congreso Nacional
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
1. El Senado se compone de miembros elegidos en votación directa por circunscripciones senatoriales, en consideración a las regiones del país, cada una de las cuales constituirá, a lo menos, una circunscripción. La ley electoral respectiva determinará el número de senadores, las circunscripciones senatoriales y la forma de su elección.
2. Los senadores durarán ocho años en su cargo y se renovarán por mitades cada cuatro años, en la forma que determine la ley electoral respectiva.
Argumentos que respaldan la propuesta
para que las promesas ofrecidas por el Presidente electo las pueda materializar, evitando (lo que sucede hoy) que sus iniciativas se vean obstaculizadas por un Congreso integrados con personas con ideas políticas antagónicas a las del Presidente. Resulta de toda lógica política y responde a las necesidades y sensibilidades actuales de la sociedad chilena.
Esta es una propuesta de
Ricardo E. Sánchez Durán