Iniciativa Nº 6.855: Limita reelección de gobernadores y alcaldes.
Limita los periodos en que una persona puede ser reelecto gobernador o alcalde sin distinción de si son periodos consecutivos o no consecutivos.
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Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 152, Capítulo VI: Gobierno y Administración Regional y Local
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
1. Los gobernadores regionales solo podrán ser reelegidos en sus cargos sucesivamente por una vez. Los consejeros regionales, alcaldes y concejales podrán ser reelegidos sucesivamente en sus cargos hasta por dos períodos.
2. En ningún caso se computarán como períodos sucesivos, para la aplicación de la presente regla, haber ejercido el cargo de manera no consecutiva.
3. Para determinar el límite a la reelección a los gobernadores regionales, consejeros regionales, alcaldes y concejales, se considerará que han ejercido su cargo durante un período cuando hayan cumplido más de la mitad de su mandato.
Argumentos que respaldan la propuesta
Es claro que mientras más tiempo una autoridad se desempeñe en un mismo cargo, aumenta la probabilidad de que se cometan actos contrarios a la ley y los principios que deben gobernar el actuar de los funcionarios públicos. Casos de corrupción, especialmente en municipios, hay muchos. Un denominador común es que muchas de estas autoridades estuvieron en sus cargos para muchos años, con lo cual fueron capaces de conocer todas las triquiñuelas necesarias para cometer sus actos de corrupción y no ser descubiertos. Por ello me parece importante limitar la reelección de gobernadores y alcaldes a un y dos periodos, respectivamente, irrestrictamente de si son periodos consecutivos o no. Si solo se establece el limite a periodos consecutivos, se deja abierta la posibilidad a que una persona pueda ejercer como gobernador o alcalde de manera casi vitalicia, con interrupciones de 4 años por periodo.
Esta es una propuesta de
Luis Faúndez C.