Iniciativa Nº 6.859: Protección del no nacido
La constitución y la ley aseguran la vida del que está por nacer, quien es reconocido como persona desde su concepción y hasta su muerte.
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 16.01, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
La Constitución asegura a todas las personas:
El derecho a la vida. Se prohíbe la pena de muerte.
Argumentos que respaldan la propuesta
La modificación propuesta busca brindar una mayor protección a la vida del que está por nacer al considerarlo persona desde su concepción hasta su muerte natural o legal. Esto garantiza un marco legal sólido para la protección de los derechos del no nacido y refuerza el valor intrínseco de la vida humana.
En comparación con la norma contenida en el anteproyecto de nueva Constitución, la diferencia radica en la claridad y contundencia de la modificación propuesta. Al establecer explícitamente que el no nacido es considerado persona desde su concepción, se evitan posibles interpretaciones ambiguas o restricciones a su protección.
Además, la modificación propuesta se basa en el reconocimiento de la vida como un derecho fundamental y en consonancia con principios éticos y morales arraigados en diversas culturas y tradiciones. Esto proporciona una base sólida para proteger los derechos del no nacido y mantener una postura clara y coherente en relación con la vida humana desde su concepción.
Esta es una propuesta de
Martín Molina J.