Iniciativa Nº 6.923: “La Salud es un derecho social, comunitario y humano inalienable, incluyendo su dimensión física, mental y espiritual.
la salud debe ser considerado un derecho fundamental, protegido por el estado
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 16.21, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
La Constitución asegura a todas las personas:
El derecho a la protección de la salud en sus dimensiones física, mental y social.
a) El Estado protege el libre, universal, igualitario y oportuno acceso a las acciones de promoción, prevención, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona. Le corresponderá, asimismo, la coordinación y control de dichas acciones, asegurando su disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad, abordando sus determinantes sociales y ambientales, de conformidad a la ley.
b) Es deber preferente del Estado garantizar la ejecución de las acciones de salud, a través de instituciones estatales o privadas, en la forma y condiciones que determine la ley.
c) El Estado deberá crear, preservar y coordinar una red de establecimientos de salud, de acuerdo con estándares básicos y uniformes de calidad.
d) El Estado fomentará la práctica deportiva con el fin de mejorar la salud y calidad de vida de las personas.
Argumentos que respaldan la propuesta
únicamente a través del derecho se puede ejercer el bien de la salud y no solo de su proteccion, pues previa a la proteccion el texto madre debe declararlo, posteriormente el estado debe centrar sus esfuerzos en dar la prestacion a ese derecho con justicia y equidad centrado en las personas y no en los recursos, pues los recursos sean publicos o no, deben sujetarse a la necesidad de la nacion
Esta es una propuesta de
confederacion de funcionarios de salud municipal de chile proteger y desarrollar la salud publica, desarrollar su recurso humano que es primordial
Representada por
Marcos Vargas C.