Iniciativa Nº 7.259: Reconocimiento Constitucional de los Pueblos Originarios
La Constitución reconoce la preexistencia de PP.OO., y promoverá sus derechos y el diálogo intercultural.
Esta propuesta cuenta con
91 Apoyos de la Ciudadanía
Ya no se aceptan más apoyos
Esta iniciativa popular de norma podría transgredir las Bases institucionales de este proceso constituyente. La Base Nº4 señala: "La Constitución reconoce a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena, que es una e indivisible. El Estado respetará y promoverá sus derechos y culturas". La iniciativa elimina la frase "(...) como parte de la Nación chilena, que es una e indivisible".
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 7, Capítulo I: Fundamentos del orden constitucional
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
1. La Constitución reconoce a los pueblos indígenas como parte de la Nación chilena, que es una e indivisible. El Estado respetará y promoverá sus derechos individuales y colectivos garantizados por esta Constitución, las leyes y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.
2. El Estado reconoce la interculturalidad como un valor de la diversidad étnica y cultural del país y promueve el diálogo intercultural en condiciones de igualdad y respeto recíprocos. En el ejercicio de las funciones públicas se debe garantizar el reconocimiento y la comprensión de dicha diversidad étnica y cultural.
Argumentos que respaldan la propuesta
El reconocimiento de los pueblos originarios y su preexistencia no desconoce los bordes constitucionales, sino que, se prefieren términos implícitos, por sobre cláusulas explícitas de negación, permitiendo que las generaciones futuras, puedan resolver sobre el reconocimiento de estos pueblos como una nación distinta a la chilena. En ningún caso, está propuesta contradice las bases, puesto que no usa términos de "primeras naciones" o "naciones indígenas" que puedan poner en duda la existencia uninacional propia de la construcción de los Estados modernos, coloniales y genocidas. Esto se encuentra reforzado a través de los arts. 5, 6 y 13 del anteproyecto, sumado al espíritu histórico de la legislación y la tradición constitucional chilena.
Asimismo, se eliminan términos actualmente obsoletos como lo es el vocablo "étnico" o "etnia", prefiriendo hablar de "cultura", derechos lingüísticos y cosmovisiones, con ello es más auténtico el principio de interculturalidad.
Esta es una propuesta de
Alexis Mathieu A.