Iniciativa Nº 7.511: Libertad para abrir, organizar, mantener y desarrollar establecimiento educacionales según la ley vigente.
Se evita que la Constitución consagre sólo la libertad de abrir y conducir establecimientos educacionales, sin apego a la ley vigente.
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 16.23, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
La Constitución asegura a todas las personas:
La libertad de enseñanza
a) Las personas tienen el derecho de abrir, organizar, mantener y desarrollar establecimientos educacionales, sin otra limitación que las impuestas por el orden público y la seguridad del país.
b) La enseñanza estatal y la reconocida oficialmente no podrán orientarse a propagar tendencia político partidista alguna.
c) Se reconoce el derecho y el deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos o pupilos, atendiendo a su interés superior.
d) El Estado respetará la autonomía de las instituciones de educación superior, de conformidad a la ley.
Argumentos que respaldan la propuesta
Se agrega la frase "por la ley vigente" para evitar que la constitución consagre sólo la libertad de abrir y conducir establecimientos educacionales, sin exigencia de calidad y respeto a las personas,
Esta es una propuesta de
Centro de Investigación Avanzada en Educación (CIAE), Universidad de Chile Realizar investigación rigurosa y de calidad para aportar a las políticas educativas y la formación de investigadores en educación.
Representada por
Carmen Sotomayor E.