Iniciativa Nº 795: Agua: derecho humano fundamental y de uso publico
Evitar que empresas se apropien del vital elemento y que toda persona tenga garantizado su acceso en todo el territorio nacional
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 16.29, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
La Constitución asegura a todas las personas:
El derecho al agua y al saneamiento, de conformidad a la ley. Es deber del Estado garantizar este derecho a las generaciones actuales y futuras.
Prevalecerá su uso para el consumo humano y para el uso doméstico suficiente.
Argumentos que respaldan la propuesta
Con la norma establecida en el anteproyecto, se sigue garantizando que grandes empresas (especialmente extranjeras) usufructúen de un bien que ellos no producen, si no solo tratan, por lo que solo en esos casos es comprensible su usufructuo. Con una regulación a largo plazo se evitará conflictos e intereses mezquinos de entes que quieran acaparar, contaminar o restringir el uso por el solo hecho de hacer negocios. Se debe establecer demás desde la carta fundamental, el rechazo a cualquier forma de contaminación de tan preciado bien. El cambio climático es un hecho y no podemos ser un país que entregue este elemento líquido a entes extranjeros que nos dejen completamente a su merced por no ser previsores de dicho escenario
Esta es una propuesta de
Roberto Aedo F.