Iniciativa Nº 7.975: Derecho a la vida desde la concepcion
desde el momento de la concepcion (fecundacion espermatozoide/ovulo) se protege la vida de un nuevo individuo que posee un ADN unico.
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 16.01, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
La Constitución asegura a todas las personas:
El derecho a la vida. Se prohíbe la pena de muerte.
Significado:
Agrega
Elimina
Argumentos que respaldan la propuesta
La vida nace en el momento de la fecundacion, donde empieza la vida de una persona con un ADN unico.
La vida inicia a partir de la concepción o fecundación, mediante la unión del espermatozoide con el óvulo; en ese momento surge un nuevo ser humano distinto de todos los que han existido antes, existen ahora y existirán en el futuro.
Esta es una propuesta de
Gonzalo Moraga S.