Iniciativa Nº 8.251: Interpretación armónica entre derechos humanos reconocidos en la Constitución y en tratados internacionales

Se propone modificar la norma del anteproyecto sobre interpretación conforme.

Esta propuesta cuenta con

3 Apoyos de la Ciudadanía

Ya no se aceptan más apoyos

Tipo de propuesta

Modificación de Artículo Nº 5, Capítulo I: Fundamentos del orden constitucional

Propuesta de artículo

Artículo Anteproyecto

Significado:   Agrega       Elimina  

Argumentos que respaldan la propuesta

1) No es suficientemente preciso al señalar que toda norma de derecho interno estará sujeta a la interpretación conforme, por lo que se propone acotar esta regla de interpretación únicamente a la debida armonización entre derechos constitucionales y derechos humanos reconocidos en tratados internacionales ratificados y vigentes.

2) La expresión “deberán interpretarse en armonía” es preferible para alcanzar los objetivos de esta regla de interpretación.

3) Se propone eliminar la regla de interpretación pro homine o pro personae, ya que existen otras muchas otras reglas de interpretación a las cuales el juez o el intérprete podría recurrir (por ejemplo, la Corte IDH no emplea únicamente esta regla). Así, la constitucionalización exclusiva al principio pro homine o pro personae podría abrir discusiones interpretativas inconvenientes.

Esta es una propuesta de

Hernán Salinas B.