Iniciativa Nº 8.359: CARRERA FUNCIONARIA COMO UNICO REGIMEN DE EMPLEO PUBLICO MUNICIPAL

Constitución debe garantizar la función pública debe ser desarrollada por funcionarios públicos y esto se consagra a través de la carrera funcionaria

Esta propuesta cuenta con

4.899 Apoyos de la Ciudadanía

Caracterización

Ya no se aceptan más apoyos

Tipo de propuesta

Modificación de Vigesimotercera, Capítulo XV: Disposiciones transitorias

Propuesta de artículo

Artículo Anteproyecto

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Argumentos que respaldan la propuesta

Los servicios públicos son órganos administrativos, creados y configurados por la ley, y son los encargados de satisfacer necesidades colectivas, de manera regular y continua, colaborando con el Presidente de la República en su tarea de gobierno y administración.

Desde su creación, estos servicios han contribuido y continuarán contribuyendo al desarrollo del país, siendo siempre más accesibles a las personas, se mantienen siempre en operación, para prestar los servicios que la constitución y las leyes les han establecido, debiendo en muchas oportunidades sortear reformas y períodos complejos, como por ejemplo lo que ocurrió con la pandemia que nos afectan. El Estado siempre estuvo, está y estará presente a través de sus servicios públicos.

Pero está labor profesional, técnica y especializada no opera sólo por su creación, sus normas, responde al trabajo mancomunado de las funcionarias y funcionarios distribuidos a lo largo y ancho del país, quienes diariamente contribuyen con su trabajo al funcionamiento de los servicios públicos.

Es por ello que como organización consideramos necesario que en la Constitución Política que se está construyendo, se refuerce que la función pública debe ser desarrollada por funcionarios públicos y que ello se reconozca o se consagre la carrera funcionaria en la Carta Fundamental.

También la Carta Fundamental deberá definir el empleo público y que esta definición no recaiga en un sujeto indeterminado, como lo establece la norma, la que entregando en definitiva al legislador la tarea de definir quien desarrollará las funciones públicas.

Como Asemuch tenemos la convicción de que éstas deben ser cumplidas por funcionarios públicos , los cuales deberán estar protegidos de cualquier amenaza de politización, donde predomine la lógica del trabajo profesional, técnico y especializada, sin dar espacio al cuoteo político.

El régimen general de empleo público, que es la modalidad a través de las cuales las personas naturales pueden prestar servicios a la Administración del Estado en Chile lo hacen fundamentalmente como funcionarios públicos o a través de contratos a honorarios o de trabajo.

Esta es una propuesta de

CONFEDERACION DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES DE CHILE - ASEMUCH Organización gremial, que agrupa a las y los trabajadores municipales de todo el país, en defensa de sus derechos laborales, sindicales y fundamentales  

Representada por

Lorena Menares M.