Iniciativa Nº 8.387: Ordenamiento Territorial a través de la Administración central, los gobiernos regionales y locales
El Estado, tienen el deber de ordenar y planificar el territorio, asegurando la adecuada localización de los asentamientos y actividades productivas
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1. El Estado, a través de la Administración central, los gobiernos regionales y locales, tienen el deber de ordenar y planificar el territorio. Para esto, utilizarán unidades de ordenación que consideren las cuencas hidrográficas.
2. Este deber tendrá como fin asegurar una adecuada localización de los asentamientos y las actividades productivas, que permitan un manejo responsable de los ecosistemas y de las actividades humanas, con criterios de equidad y justicia territorial para el bienestar intergeneracional.
3. Los planes de ordenamiento y planificación ecológica del territorio priorizarán la protección de las partes altas de las cuencas, glaciares, zonas de recarga natural de acuíferos y ecosistemas. Estos podrán definir áreas de protección ambiental o cultural y crear zonas de amortiguamiento para estas. Asimismo, contemplarán los impactos que los usos de suelos causen en la disponibilidad y calidad de las aguas.
4. La ordenación y planificación de los territorios será vinculante en las materias que la ley determine. Serán ejecutadas de manera coordinada e integrada, enfocadas en el interés general y con procesos de participación popular en sus diferentes etapas.
Argumentos que respaldan la propuesta
El calentamiento global con el cambio climático, el estallido social y la Pandemia han dejado de manifiesto que el Ordenamiento Territorial está subordinado y dirigido por los intereses de las corporaciones, empresariales e inmobiliarias en perjuicio de la mayoría de población y con nula participación de ella en la generación de proyectos que le afectan.
Esto se refleja en la utilización indiscriminada por inmobiliarias del decreto de Ley Nº3516 de subdivisión de predios rústicos, el monocultivo exportador de frutas y agua, las zonas de sacrificio, los proyectos viales que invaden valles y suelos agrícolas y en la incapacidad por la legislación vigente de que el estado intervenga en ellas para revertir las externalidades negativas.
Un estudio de la legislación de diferentes países que aplican participación ciudadana en la elaboración de planes y proyectos con incidencia en el entorno construido y ambiental, debe inspirar la nueva Constitución. Debe considerarse como un derecho democrático de los ciudadanos la participación en los proyectos incluyendo acceso a la completa información sobre el contenido, la forma y el impacto ambiental previstos; así como integrar el debate con posibilidad de formular proposiciones que sean consideradas en la toma de decisiones.
En el caso de Francia los códigos del Urbanismo y del Medio Ambiente contienen disposiciones regulando la “conciliación”. Una Comisión Nacional del Debate Público define las formas de este proceso en cada caso. La nominación de un Comisario independiente, de un Garante de la Conciliación, una Encuesta Pública y reuniones públicas de información y de debate terminando en la Restitución de un resultado hacen parte de la práctica.
En Canadá, la legislación federal referente al Gobierno Local entrega a los municipios y distritos regionales las herramientas para regular y dirigir los procesos de desarrollo urbano y regional; entre otros, formulación del Plan General, Planos Sectoriales, Planos Reguladores y Estrategias de Crecimiento Regional que definen el marco de referencia para el futuro uso de la tierra en el área de responsabilidad local/regional. Obtener el apoyo de la comunidad es una parte importante del proceso de aprobación de cualquier proyecto de desarrollo inmobiliario urbano, rural o regional que puedan incidir en la protección del carácter local o el medio ambiente natural.
Este proceso de información consulta y participación pública estatutaria puede resultar en una recomendación a las autoridades electas que deben considerar el rechazo, aprobación, o aprobación condicional sujeta a modificaciones al proyecto de desarrollo que se propone, resultado de las recomendaciones originadas durante el proceso de consulta pública. Las contribuciones pueden ser de tipo monetaria a diversos fondos de uso específico como vivienda social, infraestructura de apoyo social, comunitaria, cultural (bibliotecas), servicios de protección (policial, bomberos) o pueden incluir la provis
Esta es una propuesta de
Arquitectas y Arquitectos por un Chile Digno Movimiento social formado por Arquitectos con presencia en todas las regiones del país y extranjero, parte de las luchas sociales del pueblo chileno contra sistema neoliberal
Representada por
Víctor Gálvez A.